La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) ha aprobado una propuesta de regulación para los servicios mayoristas de banda ancha y las redes físicas de telecomunicaciones, que incluyen la red de cobre y los despliegues de fibra óptica o redes de nueva generación. Esta propuesta será enviada a Bruselas, la Comisión Nacional de Competencia, el Gobierno y al conjunto del sector, que tendrán un mes para presentar comentarios y alegaciones antes de que la CMT tenga lista la regulación definitiva, prevista para diciembre de 2008.
Las obligaciones propuestas garantizan a los operadores alternativos la posibilidad de replicar, en todo el territorio nacional y mediante un servicio mayorista de acceso indirecto (bitstream), las ofertas minoristas de Telefónica con una velocidad de acceso a Internet igual o inferior a 30 Mbits/s. La CMT apuesta así por un modelo que cumple con el principio de neutralidad tecnológica, al estar centrado en las velocidades de acceso a Internet y establecer obligaciones sin tener en cuenta la tecnología que soporta los servicios (cobre o fibra).
Servicios emergentes
De acuerdo con la recomendación de la Comisión Europea (CE), la regulación debería asegurar que permanezcan bajo control regulatorio los nuevos despliegues que no suponen un valor añadido a la oferta comercial de banda ancha como tal, sino que son únicamente una extensión de la cobertura de los servicios o una mejora en las condiciones de prestación actuales. La CE también deja a los respectivos reguladores nacionales la capacidad para determinar qué es un servicio innovador o emergente y que puedan justificar la existencia de un nuevo mercado que quede libre de regulación. En este sentido, la CMT propone no considerar parte del mercado de referencia las velocidades superiores a 30 Mbits/s.
La CMT también propone imponer a Telefónica la obligación de compartir sus infraestructuras de obra civil y mantener la regulación sobre el bucle del abonado, con el fin de incentivar la competencia en redes y, a su vez, garantizar las inversiones llevadas a cabo hasta ahora por los distintos operadores. Asimismo, advierte de que Telefónica no puede modificar la estructura de su red de cobre sin autorización del regulador y la comunicación previa a sus competidores.
Zonas competitivas y cuellos de botella en edificios
En el análisis de los mercados mayoristas de banda ancha, la CMT no ha encontrado mercados inferiores al nacional, aunque sí ha identificado dos zonas con diferentes presiones competitivas sobre el incumbente. En estas zonas, la CMT propone fijar obligaciones distintas según al grado de competencia existente.
La resolución también hace referencia al cuello de botella que para la extensión de nuevas redes representa el interior de los edificios. En este sentido, la CMT destaca que está trabajando en una regulación que obligará a todos los operadores a compartir las redes de nueva generación tendidas en el interior de las edificaciones.
Mercado de acceso físico a las infraestructuras de red
La CMT ha analizado este mercado abordando la problemática que presenta el acceso a la red de cobre y a las redes de nueva generación (NGaN en sus siglas en inglés). En el primer caso, y tras constatar que Telefónica posee la condición de PSM , propone conservar la obligación para esta operadora de atender las solicitudes razonables de acceso a su red de cobre a precios orientados a costes y mantener vigentes las condiciones recogidas en la OBA (Oferta del Bucle del Abonado).
En relación con el acceso físico a redes de nueva generación y a cualquiera de sus arquitecturas (fibra hasta el hogar o hasta un nodo), la CMT ha constatado que la desagregación de la fibra no es factible. En este sentido, y con el objetivo de fomentar la inversión y la competencia en infraestructuras, obligará a Telefónica a proporcionar acceso a sus infraestructuras de obra civil (cámaras, arquetas, canalizaciones, postes y conductos) con precios orientados a costes.
La obligación de la apertura de conductos es proporcionada, ya que Telefónica, para sus despliegues NGaN, cuenta con toda la infraestructura creada en la época de monopolio. La duplicación de la red para un operador que iniciara su despliegue supondría una importante barrera de entrada al mercado, con unos costes de entre el 50 y el 80% de la inversión total. En los casos en los que el acceso a los conductos no fuera factible (problemas técnicos o de espacio), la CMT, en línea con la recomendación de la CE, obligará a Telefónica a ofrecer otras soluciones a los operadores alternativos, como la fibra oscura.
Infraestructuras en Interior de las edificaciones
La obligación de acceso a las infraestructuras de Telefónica no solventa el cuello de botella constituido por el tramo del acceso al cliente final en el interior de los edificios. En el análisis de mercado, la CMT destaca que está trabajando en la imposición de obligaciones simétricas a los operadores que desplieguen una red NGaN en el interior los edificios, con el objetivo de asegurar la compartición de los elementos de red ubicados en de las edificaciones (cajas terminales, acometidas, etc.).
De esta manera se asegura un entorno regulatorio que favorezca el despliegue de red propia hasta el usuario final, en primer lugar a través del acceso a las canalizaciones de Telefónica hasta la base de los edificios, y a partir de dicho punto mediante la compartición de elementos de red entre operadores.
Obligación de suministrar información sobre la transformación de la red
En el plazo de dos meses desde la publicación de una resolución definitiva, Telefónica deberá presentar una propuesta de precios de referencia para el acceso a su infraestructura de obra civil. Asimismo, deberá facilitar a los operadores alternativos toda la información necesaria sobre estas infraestructuras para la planificación de sus despliegues.
En el caso de los nuevos despliegues de fibra hasta el domicilio del abonado (FTTH) o hasta nodos remotos (FTTx), Telefónica deberá informar con seis meses de antelación sobre el área de cobertura, las previsiones de operatividad y mantener esta información actualizada hasta el año 2010. También en el plazo de seis meses desde la resolución definitiva, deberá facilitar información suficiente sobre sus infraestructuras de obra civil en centrales en las que haya al menos un operador coubicado. Cualquier modificación que afecte a la red de acceso que impida la desagregación del bucle deberá contar con la autorización de la CMT, que podrá establecer condiciones.
En cuanto a la posibilidad de cierre de centrales, Telefónica estará obligada a mantener el suministro de todos los servicios de acceso desagregado durante un periodo de 5 años desde la comunicación de abandonar una central. Una vez transcurridos los primeros treinta meses de dicho periodo, Telefónica no estará obligada a atender las solicitudes de coubicación de los operadores. Asimismo, Telefónica sólo podrá comunicar el cierre de una central cuando el 25% de la de los accesos de la misma estén cubiertos por fibra óptica.
Mercado de acceso mayorista de banda ancha
La CMT ha propuesto, por primera vez, establecer una regulación con distintas obligaciones en función de las presiones competitivas sobre Telefónica que existen en determinadas zonas geográficas. En este sentido, la CMT sigue manteniendo que existe un único mercado de ámbito nacional, aunque ha fijado distintas obligaciones de precios en función de si estos servicios se proveen en una zona de mayor o menor competencia.
El criterio fijado para distinguir una zona de mayor competencia (o zona 1) es el de aquellas centrales de Telefónica que tengan un tamaño mínimo de 10.000 pares y existan al menos tres operadores con red propia compitiendo con las siguientes características:
- Centrales en las que el operador de cable ha alcanzado zonas de cobertura iguales o superiores al 60% del total y se encuentren coubicados al menos dos de los siguientes operadores: Orange, Tele2/Comunitel o Jazztel
- Centrales en las que se encuentren coubicados Orange, Tele2/Comunitel o Jazztel y la cuota de mercado de Telefónica sea inferior al 50%.
Las zonas de mayor competencia, o zona 1, representan el 37% del total de los accesos de banda ancha en España. En ese conjunto de centrales la cuota de mercado de Telefónica es del 36,5%, inferior, incluso a la de los operadores de cable.
En la zona 1 la CMT ha considerado conveniente levantar la obligación a Telefónica de publicar una oferta de referencia para los precios del acceso indirecto de banda ancha. En este sentido, Telefónica deberá en la zona 1 ofrecer estos servicios mayoristas con unos “precios razonables” y sin necesidad de orientación a costes, con lo que se reduciría al mínimo el nivel de regulación. Mientras los operadores negocian los precios con Telefónica, se prevé un periodo transitorio de un año en el que se aplicarán los precios de la oferta mayorista de acceso indirecto.
Por el contrario, en la zona 2 (o de menor competencia) Telefónica deberá ofrecer un servicio mayorista con precios “orientados en función de los costes de producción” y a publicar una oferta de referencia de precios mayoristas.
Por ultimo, la CMT ha propuesto la existencia de un único servicio de acceso indirecto, frente a las dos modalidades que existen actualmente (ADSL-IP, de entrega nacional y GigADSL, de entrega regional). El nuevo servicio deberá ser lo suficientemente flexible como para que los operadores que lo soliciten no tengan que replicar exactamente la oferta que lance Telefónica.