Abierto el plazo a los Premios a la Mejor Instalación Domótica e Inmótica de la Comunidad de Madrid.

El miércoles 2 de diciembre ha sido publicado en el B.O.C.M., la orden por la que se aprueban las bases reguladoras de los premios a la mejor instalación domótica y mejor instalación inmótica en la Comunidad de Madrid.

Podrán participar en la presente convocatoria las instalaciones que se hayan terminado antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes (a efectos el 31 de diciembre del 2009).

Podrán participar en las convocatorias los titulares de instalaciones domóticas o inmóticas y aquellas empresas que instalen o integren instalaciones de domótica o inmótica en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Dichas instalaciones deberán cumplir con todos los reglamentos que le sean de aplicación, especialmente con el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. Se deberá acreditar la fecha de finalización de la instalación mediante documento de recepción provisional o definitiva o dirección fin de obra de la instalación sobre la que se solicita la participación.

Los premios son:

Con autorización a los premiados para que puedan hacer pública la obtención de los citados premios durante los dos años siguientes a la fecha de su concesión.

Las candidaturas se presentarán en el Registro de la Dirección General de Industria, Energía y Minas (calle Cardenal Marcelo Spínola, número 14, edificio F4, de Madrid), en cualquiera de los Registros de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, o de los Ayuntamientos que han firmado el correspondiente convenio o en cualquier otro medio previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de las candidaturas será de un mes, contado a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria (a efectos el 31 de diciembre)

Las candidaturas se formalizarán mediante la presentación del modelo de impreso que figura como apéndice de las presentes bases, firmados por el titular de la vivienda o edificio o su representante legal, en su caso, o la empresa instaladora eléctrica del sistema, y deberá ir acompañado de originales o copias compulsadas de la documentación citada en las bases.

 
 
Patrocinio Oro
Patrocinio Plata
Patrocinio Bronce
Salir de la versión móvil