El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha aprobado la nueva versión del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias (CNAF), mediante una Orden Ministerial que ya ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Esta versión sustituye a la que fue aprobada en noviembre de 2007. El Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias establece la distribución del espectro radioeléctrico entre los distintos servicios de radiocomunicaciones, para los que constituye el soporte imprescindible de transmisión de la información.
La telefonía móvil, los servicios de radiodifusión y televisión, las comunicaciones por satélite y otras muchas aplicaciones y servicios precisan para su prestación del uso del espectro radioeléctrico. Por este motivo es necesario evaluar periódicamente las necesidades de comunicación y las previsiones de desarrollo de cada uno de los servicios, reservándole las porciones de espectro radioeléctrico que en cada caso resulten adecuadas.
En esta nueva versión del Cuadro se actualizan sus contenidos, se introducen modificaciones derivadas de los acuerdos adoptados en la última Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones y se recogen recientes Decisiones y Recomendaciones emanadas de la Unión Europea y de organismos internacionales relacionados con las radiocomunicaciones, a los que España pertenece, como la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) y la Conferencia Europea de Administraciones de Correos y Telecomunicaciones (CEPT).
Actualizaciones
Entre las actualizaciones realizadas se encuentra la previsión para el uso de la tecnología UMTS en las bandas de GSM 900 y GSM 1800, una vez que se contemple dicho uso en los correspondientes títulos habilitantes. La utilización de nuevas tecnologías digitales de radiocomunicación, como el UMTS, permitirá realizar en el futuro un uso más eficiente de estas bandas de frecuencias. También se ha previsto la introducción de servicios de radiocomunicaciones móviles a bordo de aeronaves en la banda de 1800 MHz.
Asimismo, se contemplan nuevas aplicaciones de acceso inalámbrico en 5,8 GHz (incluidas redes wi-fi) y se autorizan nuevos dispositivos de corto alcance y de banda ultraancha, que emiten muy baja potencia y con un corto alcance pero con un gran ancho de banda, lo que permitirá el desarrollo de una gran variedad de nuevas aplicaciones relacionadas con la localización, aplicaciones médicas, transmisión de imágenes, etc, que requieren de velocidades de acceso muy altas. El desarrollo de dispositivos basados en estas tecnologías contribuirá al fomento de la Sociedad de la Información, a la innovación y al impulso del mercado interno en el ámbito de la Unión Europea (UE).
Por último se habilita una nueva banda de frecuencias en torno a 60 GHz para sistemas multimedia sin hilos, aplicaciones de redes de área local inalámbricas y de punto a punto. También se actualizan las canalizaciones del servicio fijo en las bandas de 6 GHz y de 8 GHz para tener en cuenta los usos nacionales por satélite de estas frecuencias.