La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado un auto que supone el cese de las emisiones de nueve canales de Televisión Digital Terrestre, en cumplimiento de su sentencia del 27 de noviembre de 2012.
El Alto Tribunal anula en este auto el punto segundo de un acuerdo del Consejo de Ministros adoptado el pasado 22 de marzo 2013, según ha informado en un comunicado de prensa publicado el pasado mes de diciembre. Dicho acuerdo del Consejo de Ministros ejecutaba, en su punto primero, una sentencia del Tribunal Supremo de noviembre de 2012. Pero en el segundo punto disponía que los canales afectados por esa misma sentencia podrán continuar con sus emisiones “hasta que culmine el proceso de liberación del dividendo digital”.
En su auto de ejecución, el Supremo estima el recurso de Infraestructuras y Gestión 2002 contra esta decisión del Consejo de Ministros y obliga a ejecutar la sentencia de noviembre de 2012. El Supremo anuló en esa sentencia la decisión del Gobierno de 2010 de asignar un múltiplex digital de cobertura estatal a cada una de las sociedades licenciatarias del servicio de televisión digital terrestre. La asignación de un múltiplex digital a cada una de las licenciatarias ha supuesto la adjudicación sin previo concurso de nueve canales adicionales.
Los canales implican espacio radioeléctrico para poder emitir. Ese espacio radioeléctrico a ocupar era mayor con la emisión analógica que en la digital. Por lo tanto, la transición de la era analógica a la digital no ha supuesto que las antiguas concesionarias conservaban el derecho de empleo de todo el espacio radioeléctrico que tenían, sino que ha supuesto que los canales analógicos pasan a ser de tecnología digital y coparían el espacio necesario para ello que le atribuyera la Administración.
Al atribuir dos múltiplex digitales a Atresmedia, otros dos a Mediaset, otro a Veo TV y otro a Net TV, todos ellos con capacidad para cuatro canales cada uno, “se atribuían nueve canales adicionales: tres a Atresmedia, dos a Mediaset, dos a Veo TV y otros dos a Net TV», resuelve el Supremo.