El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) ha publicado la Directiva relativa a la eficiencia energética de los edificios, que entrará en vigor a partir del 28 de mayo de 2024. La finalidad de esta legislación es ayudar a los Estados miembros a reducir las emisiones y el uso de energía en los edificios de la UE.
Una vez que entre en vigor la Directiva, los Estados miembros tendrán un plazo de dos años para incorporar las disposiciones de la directiva a su legislación nacional, mientras que la Comisión Europea revisará la directiva de aquí a 2028, a la luz de la experiencia adquirida y de los avances realizados durante su aplicación.
Según la Directiva, los programas del mercado único digital y de la unión de la energía deben armonizarse y tener objetivos comunes. Para digitalizar el sector de la construcción, los objetivos de la UE en materia de conectividad y sus ambiciones para la implantación de redes de comunicación de alta capacidad son importantes para los hogares inteligentes.
En base a esto, la Directiva manifiesta que se deben ofrecer incentivos específicos a fin de promover las instalaciones aptas para aplicaciones inteligentes y soluciones digitales en el sector de la construcción.
Esto ofrecería nuevas oportunidades de ahorro energético, al proporcionar a los consumidores información más precisa sobre sus patrones de consumo y posibilitar que el operador del sistema gestione con mayor eficacia la red. Para conseguir este objetivo, los Estados miembros deben fomentar el uso de tecnologías digitales para el análisis, la simulación y la gestión de edificios.
Asimismo, los Estados miembros deben garantizar que las partes interesadas tengan acceso directo a los datos de las instalaciones de los edificios, para propiciar un mercado competitivo e innovador de los servicios de edificios inteligentes que contribuya al uso eficiente de la energía, a la integración de las energías renovables en los edificios, y apoyar las inversiones en rehabilitación.
Aplicación del indicador de preparación inteligente
Por otro lado, la Directiva incluye el uso del indicador de preparación inteligente (SRI), que debe emplearse para medir la capacidad de los edificios de utilizar las tecnologías de la información y la comunicación y los sistemas electrónicos, para adaptar el funcionamiento del edificio a las necesidades de los ocupantes y de la red, al tiempo que se mejora su eficiencia energética y su rendimiento general.
El SRI debe sensibilizar a los propietarios y los ocupantes de los edificios sobre el valor que aportan la automatización de los edificios y la supervisión electrónica de sus instalaciones técnicas, y debe inspirar confianza a los ocupantes respecto al ahorro real de esas nuevas funcionalidades mejoradas. El SRI es especialmente útil para edificios grandes con una elevada demanda energética. En el caso de otros edificios, el régimen para el uso del indicador de preparación inteligente debe ser opcional para los Estados miembros.
Acciones para impulsar la eficiencia energética en los edificios
En cuanto a los edificios que deben mejorar la eficiencia energética, la Directiva ha marcado que el 16% de los edificios no residenciales menos eficientes tendrán que rehabilitarse de aquí a 2030 y el 26% de los edificios menos eficientes de aquí a 2033. Los Estados miembros tendrán la posibilidad de eximir de estas obligaciones a determinadas categorías de edificios residenciales y no residenciales, incluidos los edificios históricos o las residencias vacacionales.
Además, se establece que todos los edificios residenciales y no residenciales nuevos deberán tener cero emisiones in situ procedentes de combustibles fósiles, a partir del 1 de enero de 2028 para los edificios de propiedad pública y a partir del 1 de enero de 2030 para todos los demás edificios nuevos, con la posibilidad de exenciones específicas.
Se fomentará la adopción de la movilidad sostenible gracias a las disposiciones sobre precableado, puntos de recarga para vehículos eléctricos (VE) y plazas de aparcamiento para bicicletas. La Directiva también acoge medidas de financiación, para incentivar y acompañar las rehabilitaciones y estas deben de estar dirigidas, en particular, a los clientes vulnerables y a los edificios menos eficientes, en los que vive una mayor proporción de hogares en situación de pobreza energética.